El juez Gallardo suspendió la actividad de Rappi, Glovo y Pedidos Ya

El juez dispuso el bloqueo de las operaciones de las empresas vía tarjetas de crédito y exigió a las plataformas presentar un listado de los repartidores.

El Juzgado Nº2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires ordenó suspender las actividades de las plataformas de reparto hasta tanto las empresas regularicen la situación de los trabajadores, tal como se resolvió en una resolución cautelar dictada por la Cámara de Apelaciones del fuero el pasado 10 de julio.

En ese contexto, el juez Roberto Gallardo también ordenó a las tarjetas de crédito “la inmediata suspensión y bloqueo de todas las operaciones de las empresas Rappi, Glovo y Pedidos Ya”.

Asimismo, el magistrado dispuso una serie de operativos en la Ciudad de Buenos Aires con el fin de detectar identificar a los repartidores para verificar el detalle de la empresa para la que prestan servicios y comprobar los casos las condiciones de seguridad de su tarea diaria.

La resolución obliga a las tres empresas de delivery que presenten dentro de 48 horas la nómina del personal que realiza el reparto de mercaderías, acreditando su correcta registración en cumplimiento de las normas laborales y previsionales.

También obliga a las plataformas a entregar a cada conductor casco e indumentaria con bandas reflectivas reglamentaria, caja portaobjetos reglamentaria con sistema de ajuste al vehículo, comprobante de póliza de seguros personales y de riesgos del trabajo vigentes y copia de las libretas sanitarias. “Queda expresamente vedado a las empresas citadas obligar a los empleados a costear las provisiones establecidas”, advirtió el magistrado en su fallo.

De acuerdo a la resolución judicial se les impondrá una multa de $10.000 por “cada irregularidad verificada” y cuyo pago se hará mediante el embargo en las cuentas bancarias de las empresas. “Los importes recaudados en tal concepto serán transferidos a una cuenta abierta a nombre de estos autos y su destino será determinado oportunamente”, dispuso el juez Gallardo.

Vale mencionar que la resolución del Juzgado Nº2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires llega luego de la solicitud de la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (ASIMM) para que se adopten medidas con el objetivo de cumplir la cautelar dictada el 6 de diciembre de 2018 y que que fue confirmada el 10 de julio por la Sala I de la Cámara de Apelaciones.

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